emanada el 30 de Marzo del 2000, que prohíbe todo tipo de propaganda política, pintura y promoción en todo elemento del mobiliario urbano, así como también en postes del tendido eléctrico, cable, telefónico. De igual manera, se prohíbe TODO TIPO de propaganda visual ( Afiches, cruzacalles, bajapostes, bajantes) en avenidas y vías de la ciudad. Dentro de esta resolución, se prohíbe la pintura y clavado en árboles u otros elementos naturales del medio ambiente.
Prohibición de toda propaganda política u otra sobre áreas verdes, isletas, rotondas, parques, áreas públicas.
Se prohíbe colocar bajantes, guirnaldas, etc. en el tendido eléctrico, telefónico o cable.
De otro modo, que se respete toda propaganda colocada por cada partido o agrupación política que participan en el proceso electoral hacia las elecciones municipales y generales a celebrarse.
Importante destacar que esa resolución , establece que un Acto público, firmaran y refrendaron la misma. Estableciendo 31 de Marzo del 2000, ( Acto de Firma) por los representantes de los distintos partidos en ese entonces.
En el mismo tenor una ordenanza de fecha 7 de Noviembre del 2019, ratifica la resolución de Marzo del 2000 y asume ‘ TOLERANCIA CERO” a la colocación de cualquier tipo de publicidad exterior visual, pública o privada , comercial, política en las entradas de la ciudad de La Vega y sus entornos.