SANTIAGO (República Dominicana).- Un juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente ordenó el cumplimiento de la prisión preventiva contra una mujer a quien la Fiscalía de Santiago le imputa el delito de trata de personas con fines de explotación sexual y violencia de género en perjuicio de una adolescente de 15 años de edad.  

La Fiscalía de Santiago, a través de su Departamento de Trata y Tráfico de Personas, que dirige el fiscal Juan Osvaldo García, le imputa los citados delitos a Elainy Michel Rodríguez Rodríguez, quien sustrajo a la víctima menor de edad, para luego explotarla sexualmente, acción por lo que deberá cumplir tres meses de prisión preventiva.  

En el curso de la audiencia de medida de coerción, la litigante del Ministerio Público, Martha González, detalló los elementos probatorios que en la investigación preliminar se han colectado contra la imputada.  

Entre estos elementos de pruebas está la evaluación psicológica, y otros procedimientos, que han revelado el grado de responsabilidad de la imputada.  

El Ministerio Público dio curso a la investigación a partir de la denuncia que interpuso un familiar de la víctima, por lo que se emplearon otras técnicas de investigación para reforzar la denuncia.  

El tribunal, presidido por el magistrado Job García, autorizó el procedimiento de anticipo de pruebas para la obtención previa del testimonio de la víctima en condiciones que eviten su sobreexposición.  

Tras permanecer prófuga desde diciembre del 2022, el Departamento de Trata y Tráfico, con el apoyo de la Policía Nacional ubicó a la mujer y ejecutó la orden de arresto número 10470-2022 que se había tramitado previamente.  

El Ministerio Público le otorgó al proceso la calificación jurídica provisional descrita en los artículos 1 y 3 de la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas; artículo 396 letras B y C y artículo 410 de la Ley 136-03 que crea el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.  

También, atribuye la transgresión a los artículos 309-1, 334, 334 -1 del Código Penal Dominicano, modificados por la Ley 24-97 de Violencia de Género, que tipifica el abuso psicológico, sexual y explotación sexual a una menor de edad, violencia de género y proxenetismo en prejuicio de la adolescente. 

Por Actualidad Notciosa

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